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El Supremo confirma que Resistencia Galega es un grupo terrorista violento

Por Redacción , 24 abril, 2014

El Tribunal Supremo ha confirmado en una sentencia notificada este jueves el carácter terrorista del grupo Resistencias Galega, del que afirma que admite el uso de la violencia “como el modo de conseguir sus objetivos a espaldas de los mecanismos democráticos”. Rebaja no obstante las penas impuestas en su día a cuatro de sus integrantes por no estar adecuadamente motivadas.

 

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado José Ramón Soriano, reduce entre cuatro y medio y tres años de prisión las penas impuestas el pasado mes de septiembre a cuatro de los primeros integrantes de este grupo separatista Nacional por delitos de participación en organización terrorista, falsificación de documento oficial y tenencia de explosivos.

De este modo se estiman parcialmente los recursos presentados por Eduardo Vigo Domínguez y  Roberto Rodríguez Fiallega, que fueron los condenados a 18 años de prisión y ven reducida su condena a 13 años y 9 meses y también los de las  defensas de Antón Santos Pérez y María Osorio López, cuyas penas pasan de 10 años a 7 años y 9 meses de cárcel.

En este punto, el Tribunal Supremo reconoce que la Audiencia Nacional se limitó a imponer penas que oscilaban alrededor del punto medio de la “horquilla penológica” prevista por la ley en atención a la genérica gravedad de los hechos, y que fueron “de una gravedad inusitada y desproporcionadas con los hechos enjuiciados”.

Para rebajarlas, la Sala también tiene en cuenta que los acusados carecen de antecedentes penales y la organización terrorista a la que pertenecen se hallaba en el momento de los hechos “en fase incipiente y sin una consolidada estructuración”, incidiendo de forma limitada en la sociedad.

En conformidad con lo señalado por el fiscal durante la vista por este recurso celebrada el pasado 3 de abril, la Sala considera que en el caso de Resistencia Galega “concurre plenamente” la definición legal de organización terrorista prevista en la Ley.

“Se ha acreditado y consignado en e ‘factum’ la existencia de un grupo de personas estable que para la defensa del independentismo gallego viene a admitir la fuerza y la violencia como el modo de conseguir sus objetivos, a espaldas de los mecanismos democráticos, y por ello admitiendo y hallándose entre sus cometidos los ataques violentos contra patrimonios y personas con finalidad de subvertir el orden constitucional”.

Vigo y Domínguez fueron detenidos el 30 de noviembre de 2011 cuando la Policía Nacional detectó en la AP-9, en las proximidades de Santiago de Compostela, un coche en el que guardaban tres artefactos que se encontraban “preparados y con sistemas temporizados de ignición en perfectas condiciones para lograr su explosión”.

La sentencia de la Audiencia Nacional consideró probado que Rodríguez Fiallega se citó ese día en Pontevedra con Vigo Domínguez para entregarle tres termos metálicos en cuyo interior había tres artefactos de 2.394,8, 1.744,5 y 1.860,6 gramos, respectivamente.

Con ellos se habrían ocasionado “desperfectos materiales en proporción a los gramos de mezcla pirotécnica que contenían cada uno de los artefactos explosivos referidos”, al tiempo que se habrían “puesto en peligro la vida y la integridad de las personas”.

Tras recoger los artefactos en su Renault Clio, Vigo Domínguez emprendió viaje a “un ignorado lugar en el que iban a ser utilizados” cuando fue interceptado por la Policía Nacional. En su trastero se encontró una olla a presión que contenía 3,2 kilos de explosivo y también estaba preparada para explotar.

Además, en sus domicilios guardaban documentación relacionada con el independentismo radical y con medidas de seguridad a adoptar para evitar las investigaciones, así como un manual sobre técnicas de interrogatorio de la CIA.

Entre las pruebas valoradas por la Audiencia Nacional se encuentra una pericial que concluye que el material explosivo contenido en los tres artefactos que llevaba Vigo Domínguez es similar al utilizado en otros atentados atribuidos a Resistencia Galega.

En relación con los otros dos acusados, el tribunal concluía que Santos Pérez y Osorio López formaban parte de “la estructura que el independentismo radical violento mantiene en Galicia”, participaron en encuentros y prepararon la documentación falsificada que portaban los dos anteriores.

Durante el juicio, que quedó visto para sentencia en julio pasado, el fiscal Marcelo de Azcárraga solicitó entre 12 y 20 años de cárcel para los cuatro acusados, que fueron juzgados por varios delitos de terrorismo con el objetivo de “lograr la independencia del territorio histórico de Galicia y una parte del norte de Portugal”.

 

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