La doctrina del himen dañado
Por Javier Pérez , 5 abril, 2014
Es un hecho: las leyes no cambian al mismo ritmo que la sociedad y nos encontramos con casos verdaderamente anacrónicos como este del que voy a hablar hoy, aunque me cueste convertirme en diana de fundamentalistas.
Y la cosa va de conceptos, así que abordemos el concepto en primer lugar: una indemnización es una cantidad que se paga como compensación económica por un daño sufrido. Es eso y se acabó, aunque luego, con el tiempo, se le ha ido llamando indemnización a todo, pero perder de vista la idea central es un perjuicio para la lógica en primer lugar y para la sociedad en general a la postre, ya que desvirtúa la identificación del daño, del causante y de la víctima.
Teniendo en cuenta esto, cuando en España se aprueba la ley del divorcio al principio de la democracia, se entiende que el hombre debe indemnizar a la mujer con una parte de sus bienes, y el daño que se tiene en cuenta es, en cierto modo, la pérdida de su virginidad y la “depreciación” que esta sufre al ser repudiada, ya que se convierte en algo así como un objeto de segunda mano. En resumen: la indemnización o compensación se basa, en el fondo, en un tabú sexual.
La doctrina en sí no se cita de manera explícita en nuestros días, pero se sigue utilizando la jurisprudencia a que esta doctrina dio origen, de modo que aunque haya desaparecido el prejuicio inicial se mantiene la costumbre y el precedente de conceder ciertas prerrogativas a las mujeres. O dicho de otro modo: las sentencias actuales se basan en sentencias que se dictaban cuando se pensaba en este daño, sin importar que hoy en día no hay daño que valga.
Hoy en día resulta absolutamente inadmisible semejante concepto, del mismo modo que resultan inadmisibles algunas de las indemnizaciones y pensiones compensatorias que se fijan en caso de divorcio. La razón de que los grupos feministas, habitualmente vigilantes con estos asuntos, no digan nada al respecto es que esta doctrina sirve para conseguir más dinero en los divorcios y condiciones más ventajosas de las que en justicia les corresponderían.
A día de hoy es incomprensible que el divorcio se considere una carga más para una parte que para la otra, y que las leyes sigan sin conceder una igualdad jurídica de hecho. Y buena parte de ello se debe al mantenimiento, aunque oculta, de esta clase de doctrinas que consideran a la mujer un objeto más que una persona, perfectamente capaz de gobernar su vida y obtener con su trabajo una renta independiente.
Pero si es para conseguir dinero no les resulta insultante a las defensoras de lo femenino, parece…
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