La fecha de caducidad de los yogures seguirá apareciendo en sus tapas
Por Lola Sillero , 6 mayo, 2014
Fecha de caducidad de un yogur
La norma de calidad del yogur que entró en vigor la semana pasada y con la que se sustituiría la fecha de caducidad de los yogures por una fecha de consumo preferente, ya no se instaurará de forma obligatoria a los fabricantes. Según la Asociación Española de Fabricantes de Yogur y Postres Lácteos Frescos, seguiremos viendo ese plazo de consumo en la tapa. “Ahora los fabricantes pueden elegir entre colocar la fecha de consumo preferente o la fecha de caducidad, una de las dos”, explica Emilio Gallego, presidente de la Federación.
A pesar de la libre elección de los fabricantes para el tratamiento de sus productos, es patente la confusión entre los consumidores cuando los mensajes de la industria y el Gobierno son contradictorios. Sobre todo desde que el pasado año el entonces ministro de Agricultura y Alimentación, Miguel Arias Cañete, afirmara que comía yogures caducados. Levantando, así, una polémica sobre las fechas de caducidad de los yogures, la cual se ha visto resuelta en la última Norma de Calidad de este producto en el BOE la misma semana que el exministro dejaba su antigua cartera.
Según Emilio Gallego, ya el año pasado se aprobó una normativa en la que derogaron algunas normas sanitarias y de calidad para adaptarlas a Europa, entre ellas la posibilidad de omitir la fecha de caducidad y la de vender el producto durante los 28 días posteriores a su fabricación. Así pues, el Gobierno habría actualizado ahora la norma, incorporando las derogaciones en un mismo Real Decreto y aclarando la tipología de yogures y sus materias primas para garantizar una competencia leal de las industrias españolas con el resto de la Unión Europea.
Las organizaciones de consumidores exigen una información más clara para el cliente, mientras el Gobierno, por su parte, defiende la nueva norma como la manera de no tirar a la basura productos aptos para el consumo. A continuación, se presenta una guía simple para entender los cambios en el etiquetado del yogur:
¿Qué diferencia hay entre una fecha de caducidad y una de consumo preferente?
La fecha de caducidad indica hasta cuándo un producto es seguro para el consumo. Afectaría a los alimentos más perecederos como carnes y pescados, también la pastelería y algunos productos lácteos. Una vez caducado el producto, no debe consumirse pues existe el riesgo de que se encuentre en mal estado.
La fecha de consumo preferente indica la fecha a partir de la cual el producto va perdiendo o cambiando parte de sus propiedades como sabor, color, aroma… A pesar de su cambio, si ha sido conservado de la manera adecuada, su consumo después de dicha fecha no supone riesgos para la salud.
¿Por qué se ha modificado la normativa?
Según el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente para reducir el desperdicio de alimentos que podrían ser aptos para el consumo, así como para incorporar la legislación europea a la española.
¿Se puede consumir un yogur después de los 28 días desde su fabricación?
Si el yogur se ha conservado bien refrigerado y se ha mantenido la cadena de frío, no implicará riesgos para la salud a la hora de consumirlo al cumplido el plazo establecido, aunque si es posible que pierda parte de sus propiedades.
¿Habrá unas fechas comunes de consumo preferente para todos los fabricantes?
En un principio, cada fabricante podrá poner lo que estime conveniente en sus etiquetas en función de las características de su productos, su envasado, su elaboración, etc.
¿Qué opinan los fabricantes sobre la nueva norma?
A través de la Federación Nacional de Industrias Lácteas, los fabricantes han considerado adecuado ampliar de 28 a 35 días el plazo de caducidad de los yogures, pues el desarrollo tecnológico de las cadenas de frío lo permiten. Sin embargo, no están de acuerdo con la sustitución de la fecha de caducidad por la de consumo preferente.
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