Suspenden la libertad condicional de Bolinaga al ser «incompatible» con la prisión domiciliaria
Por Redacción , 9 abril, 2014
El juez central de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional, José Luis Castro, ha suspendido la libertad condicional que concedió el 30 de agosto de 2012 al etarra Jesús María Uribetxeberria Bolinaga, al considerar que esta medida es «incompatible» con la situación de prisión domiciliaria que dictó el pasado jueves el juez Ismael Moreno.
Castro, que adopta esta resolución a instancias del fiscal Pedro Rubira, sostiene en un auto que «el Código Penal establece que cuando todas o algunas de las penas correspondientes a las diversas infracciones no puedan ser cumplidas simultáneamente por el condenado, se seguirá el orden de su respectiva gravedad para su cumplimiento sucesivo».
De esta forma, el juez Castro reconoce la vigencia de la medida de prisión domiciliaria que dictó el pasado jueves el titular del Juzgdo Central de Instrucción número 2, Ismael Moreno, que investiga al etarra por el asesinato del cabo de la Guardia Civil Antonio Ramos, que se produjo en Mondragón (Guipúzcoa) el 8 de junio de 1986.
El responsable de Vigilancia Penitenciaria, que dejó salir de la cárcel a Bolinaga para que pudiera ser atendido del cáncer que sufre y por «razones humanitarias y de dignidad personal», suspende la situación de libertad condicional al ser «imposible» que el interno «cumpla dos penas privativas de libertad al mismo tiempo» y que «la libertad provisional se cumpla» mientras el interno permenece en la cárcel.
La suspensión de la libertad condicional, que no está contemplada en el Reglamento Penitenciario ni en el Código Penal, es una figura distinta a la de la revocación, que se aplica cuando el interno incumple los requisitos que se le fijan para acceder a la nueva situación.
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