Portada » Social » Las legislaciones del aborto en España

Las legislaciones del aborto en España

Por Lorenzo García Martín , 26 junio, 2014

Este viernes el Consejo de Ministros prevé aprobar un nuevo anteproyecto de ley del aborto que suavice la anterior propuesta de Gallardón de diciembre del año pasado. El texto tendrá que pasar por las Cortes y, si nada lo impide, será ley orgánica a finales de año. Repasamos aquí las distintas legislaciones que ha habido en España en materia de aborto.

 

La interrupción voluntaria del embarazo, o aborto inducido, ha atravesado distintas formas de regulación jurídica en la historia contemporánea de España. En un primer momento, el Código Penal de 1822 consideraba el aborto como una práctica delictiva con penas de entre 8 y 14 años de prisión según el caso. Más de un siglo después, en la zona republicana durante la Guerra Civil, el aborto tuvo una breve regulación: primero, en Cataluña, mediante el decreto de Josep Tarradellas, a finales de 1936, que permitía el aborto libre hasta las 12 primeras semanas de embarazo; y después, en 1937, la despenalización en todo el territorio republicano.

 

Hubo que esperar al fin del franquismo y el restablecimiento del sistema democrático, para que el gobierno de Felipe González promulgara, en 1985, una Ley Orgánica que despenalizaba el aborto en tres supuestos: el supuesto terapéutico, cuando existe riesgo para la salud física o psíquica de la embarazada, el supuesto criminológico, en los casos de violación, y el supuesto eugenésico: cuando existen malformaciones en el feto (“graves taras físicas o psíquicas”).Bajo el primer supuesto, el terapéurico, podía interrumpirse el embarazo en cualquier momento de la gestación, en el segundo hasta las 12 primeras semanas, y en el tercero hasta las primeras 22. En todo caso debía realizarlo un médico en un centro acreditado privado o público. Se requería informe médico para los casos terapéutico y eugenésico, y denuncia policial para el criminológico. Fuera de estos casos, el aborto era un delito penalizado con prisión.

 

La última reforma corrió a cargo del gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero. Fue la Ley Orgánica 2/2010 de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, un texto que apostaba también por la atención y educación públicas en materia de salud sexual.  Esta ley (vigente) contempla el aborto bajo un sistema de plazos. La interrupción del embarazo es legal dentro de las 14 primeras semanas de gestación, siempre que la embarazada sea informada de los derechos, prestaciones y ayudas en apoyo a la maternidad, se efectúe bajo la dirección de un médico en un centro acreditado, y se practique al menos tres días después de ser informada. Después de esas 14 y hasta las primeras 22 semanas, la ley ampara supuestos de carácter médico: riesgo para la salud de la embarazada o riesgo de “anomalías graves” o enfermedades “extremadamente” graves e incurables en el feto. Por último, gracias a esta ley, las mujeres de 16 y 17 años pueden abortar sin consentimiento de su  tutor legal.

 

Tres años después, a finales de 2013, el Gobierno del Partido Popular lanzó el Anteproyecto de Ley Orgánica de protección de la vida del concebido y derechos de la mujer embarazada. Esta es la propuesta impulsada por el actual ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, que ha sido duramente criticada por  quienes defienden el derecho de las mujeres a decidir sobre su propio cuerpo. Ello ha obligado al Consejo de Ministros a presentar este viernes 27 de junio una versión suavizada de la propuesta. En un primer momento, el anteproyecto que se aprobó en diciembre de 2013 proponía la legalidad del aborto bajo consentimiento expreso de la embarazada, previamente informada, y a cargo de, o bajo dirección de, un médico en un centro acreditado, al igual que en los casos anteriores, pero en este texto únicamente en los siguientes supuestos:

 

–       Peligro para la vida o grave menoscabo de la salud de la embarazada debido al feto, siempre dentro de las primeras 22 semanas, salvo no poder diagnosticarse antes, y previos dos informes emitidos por dos profesionales distintos quien practique el aborto.

–       Delito contra la libertad o indemnidad sexual (violación) de la embarazada, dentro de las 12 primeras semanas y con denuncia previa.

 

Así, pasaríamos de una ley de plazos, que después de las 14 primeras semanas de embarazo contempla algunos casos, a una ley que contempla dos tipos de supuestos aún más restrictivos que los del texto 1985.  Las anomalías fetales, contempladas en las dos leyes anteriores, se quedaban en esta propuesta de finales de 2013 en únicamente las que pusieran en peligro a la embarazada y no pudieran solucionarse por otros medios médicos. Se añadían, además, nuevas dificultades, al requerir informes no de un médico sino de dos ajenos a la clínica que practicase la intervención, los cuaes tendrían que coincidir en que la embarazada está expuesta a graves daños físicos o psíquicos. En cuanto a las mujeres menores de edad, el anteproyecto recoge que las menores de 16 necesitarían el consentimiento de padres o tutores legales. Finalmente, las penalizaciones quedarían así: si se practicase la interrupción del embarazo con consentimiento de la embarazada pero fuera de los supuestos que contempla la ley, o tan sólo se consintiera conscientemente la práctica abortiva, la pena sería de 1 a 3 años de cárcel, pero en ningún caso, haga lo que haga la embarazada, su conducta será punible.

 

El cambio que se valorará este viernes en el Consejo de Ministros trae de nuevo el supuesto de malformaciones fetales pero por la puerta de atrás. El Gobierno se niega a contemplar este supuesto explícitamente y lo que hará será poner en juego una formulación jurídica por la que se reconozca de antemano que las malformaciones fetales suponen per se un peligro psíquico para la embarazada, lo que evitaría tener que ser demostrado por varios profesionales médicos y lo incluiría en los únicos dos supuestos de legalidad del anteproyecto.

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.